Canal de denuncias
Procedimiento y política
CANAL DE DENUNCIAS
“Inmobiliaria IV Centenario S.A. y sus filiales”, empresas ligadas al grupo de Inversiones Nevada S.A. se adhiere al Canal de Comunicación de Denuncias Corporativo como complemento, reglamentación y parte integrante del Modelo de Prevención de Delitos, establecido conforme a la Ley Nº20.393, sobre la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, y a la Ley N°19.913 que, crea la unidad de Análisis Financiero y, busca prevenir los delitos de Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo, entre otros.
El objetivo es recibir de manera anónima cualquier tipo de denuncia que se encuentre contenida en el catálogo de materias de interés, y que transgreda, infrinja y/o vulnere los delitos contenidos en el Modelo de Prevención de Delitos de acuerdo con la Ley 20.393, el Modelo de Prevención de Lavado de Activos o Financiamiento al Terrorismo, contenidos en la Ley 19.913, como además el Códigos de Ética, Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, la buena fe y buenas costumbre que puedan afectar la integridad de la compañía.
¿QUÉ DEBO DENUNCIAR?
Son hechos constitutivos de denunciar, todas las conductas que se vean involucradas en la comisión de los delitos contenidos en las distintas Leyes de la República, los códigos y políticas internas de la compañía, entre ellas las siguientes:
- Los delitos contenidos en la Ley 20.393 en su artículo N° 1.
- Los delitos contenidos en la Ley 19.913 en su artículo N° 27.
- Conductas que atenten al código de ética.
- Conductas que atenten al Modelo de Prevención de Delitos.
- Conductas que atenten al Modelo de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo.
- Conductas que atenten Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad.
- Y en general toda conducta contraría a la buena fe y buenas costumbres que puedan afectar la integridad de la compañía.
¿QUIÉN PUEDE REALIZAR UNA DENUNCIA?
Uno. Todos quienes prestan servicios directos e indirectos a la Compañía, este alcance incluye dueños, controladores, alta administración, gerentes, ejecutivos, empleados, personal temporal, contratistas, subcontratistas y asesores;
Dos. Todos quienes desempeñen funciones para la compañía, sin importar la calidad, forma o modalidad laboral o contractual bajo la cual presten sus servicios.
¿CUÁLES SON LOS CANALES DE DENUNCIA?
a) Casilla de correo electrónico del Encargado de Prevención de Delitos y Oficial de Cumplimiento: denuncias@inevada.cl o a través del número de teléfono (56-2) 24357978.
b) A través del formulario que se encuentra en código QR y enlace de acceso disponible en el sitio WEB de www.ivcentenario.cl
c) Denuncias realizadas a cada administración de las empresas, directamente con sus jefaturas, Comités y/o sindicatos.
¿SI DECIDO DENUNCIAR ES ANONIMO?
Para facilitar el cumplimiento de la obligación que tienen los usuarios de denunciar los hechos,
conductas o circunstancias que puedan constituir a su juicio una infracción a los Códigos internos
de la compañía o bien a la Ley 20.393 y/o a la Ley 19.913, se utilizará el presente conducto de
denuncias, el que será confidencial y preservará la identidad anónima del denunciante, si así lo
decide.
¿QUÉ OCURRE FRENTE A UNA FALSA DENUNCIA?
Para todas las denuncias recibidas, se asegurarán a través de un análisis independiente,
confidencial y sin represalias para los denunciantes.
Frente a la eventualidad de reportes falsos o maliciosos, se tomarán acciones disciplinarias, según
corresponda, al considerarse una transgresión al Código de Ética.